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detalles:

Para renovaciones bajo esta categoría migratoria, el extranjero debe demostrar que ha estado presente en el territorio de Costa Rica por un período mínimo de 80 días de conformidad con el Artículo 15 de la Ley.

La renovación está sujeta a los siguientes requisitos, de conformidad con el artículo 10 del Reglamento, Subcategoría Renovación de la Estancia:

  1. Formulario de solicitud firmado por el solicitante o su representante. El solicitante deberá entrar en la plataforma digital Tramite Ya, disponible en la URL https://tramiteya.go.cr/dgme/ o en cualquier otra plataforma digital de este tipo que la DGME pueda, en el futuro, poner a disposición de los usuarios.
  2. Extractos bancarios acompañados de una declaración jurada en la que se declare que los extractos han sido solicitados y obtenidos de la institución financiera correspondiente. Dichos extractos deberán acreditar los ingresos e indicar que la persona física ha recibido pagos o remuneraciones durante el año anterior provenientes del exterior por un monto no inferior a tres mil dólares americanos ($3.000,00) mensuales a la tasa oficial de venta determinada por el Banco Central de Costa Rica, o cuatro mil dólares americanos ($4.000,00) si el solicitante solicita que se le otorgue permiso de permanencia legal en Costa Rica a su grupo familiar. Alternativamente, el solicitante podrá presentar una certificación de lo anterior expedida por contador público o notario público, si el trámite se realiza en Costa Rica, o por los homólogos de dichos profesionales en el extranjero de conformidad con la legislación del respectivo país. Esta certificación es el único componente que debe ir acompañado de la respectiva legalización consular o apostilla.
  3. Resguardo acreditativo del pago al Gobierno de la cantidad indicada en la resolución de aprobación, de acuerdo con el artículo 215 de la Ley General de Extranjería e Inmigración.
  4. Un recibo confirmando el pago al Gobierno por la cantidad de noventa dólares americanos ($90.00), correspondiente a la solicitud de documentos de estancia legal, así como la emisión del documento que certifica la estancia legal y las cuotas correspondientes al Fondo Social Especial de Inmigración.
  5. Pasaporte del extranjero válido y en buen estado. El pasaporte utilizado para iniciar el pasaporte debe presentarse como prueba de identidad. Si el pasaporte está caducado, deberá aportarse junto con el documento de viaje válido.
  6. Póliza de servicios médicos que cubra al solicitante y a las personas a su cargo durante todo el periodo de estancia legal autorizada.